El mito del efectivo: ¿Por qué los depósitos bancarios sí pagan impuestos?
El mito del efectivo: ¿Por qué los depósitos bancarios sí pagan impuestos?
Existe una falsa creencia entre muchos emprendedores de que el dinero en efectivo que ingresa a sus cuentas bancarias, al no estar amparado por una factura, es "invisible" para el fisco. Esta desinformación es una de las principales causas de auditorías y créditos fiscales ruinosos.
La fiscalización electrónica ha cerrado esta brecha. El artículo 55, fracción IV de la LISR, obliga a las instituciones del sistema financiero a reportar mensualmente al SAT la información de los depósitos en efectivo que reciba un contribuyente, cuando el monto mensual acumulado en todas sus cuentas exceda de $15,000.00 MXN.
Más crítico aún es el impacto del artículo 59, fracción III del Código Fiscal de la Federación (CFF). Dicho ordenamiento faculta a la autoridad para presumir que todos los depósitos bancarios que no correspondan a registros en la contabilidad del contribuyente son ingresos y valor de actos por los que se deben pagar contribuciones. Es decir, salvo prueba en contrario, el SAT asumirá que ese efectivo es una venta no declarada y exigirá el ISR, el IVA, actualizaciones, recargos y multas. La solución definitiva para evitar la "discrepancia fiscal" y proteger el patrimonio es fomentar la cultura de facturación al público en general mediante comprobantes globales, respaldando así cada peso que toca el banco.
Bibliografía: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2024). Ley del Impuesto sobre la Renta. Diario Oficial de la Federación. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2025). Código Fiscal de la Federación. Diario Oficial de la Federación.
